20250221

Facturas de servicios públicos / FALLO JUDICIAL CONTRA AMPAROS DE INTENDENTES


     El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín, rechazó los amparos de siete municipios de la provincia de Buenos Aires,  presentados contra la Resolución 267/2024 del Ministerio de Economía, que prohíbe incluir cargos ajenos al servicio contratado en las facturas de servicios públicos.


  Se trata de los distritos de Moreno, General Rodríguez, Ituzaingó, José C. Paz, Hurlingham, San Martín y Tigre, a quienes se otorgó 90 días para redefinir los mecanismos más apropiados, y que consideren idóneos, para cobrar las tasas municipales en forma separada de los servicios públicos contratados por el usuario. 

   Esta Resolución también define que el incumplimiento a lo establecido prevé sanciones en el marco del régimen de penalidades de la Ley de Defensa del Consumidor. También, precisa que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos.

  》 La inclusión de conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor en las facturas de servicios públicos por parte de municipios y gobiernos provinciales se  transformó en una práctica generalizada, debido a la baja cobrabilidad de la Tasa por Servicios Generales, para no generar deuda por alumbrado público en calles, escuelas, organismos, hospitales, etc.

  ▪︎ En el caso de Edenor ya llegaron las primeras facturas de febrero 2025 con 0 pesos de pago total, o menor importe, con la leyenda "Cuenta sujeta a crédito", por la bonificación a usuarios de la "contribución municipal" (ver adjunto)

  Cuando los municipios no puedan pagar el consumo por alumbrado público y EDENOR/EDESUR amenacen con cortar el suministro por la deuda, los usuarios van a volver a elegir el Estado municipal presente, o tendrán que juntarse con los demás vecinos para iluminar su calle, su escuela, su hospital, sus instituciones públicas.-




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